Fecha de situación: 22.09.2026. Estado: Aprobado, aún no en vigor. Norma: Zakon o pravosudnoj saradnji u krivičnim stvarima sa državama članicama Evropske unije (ley de cooperación judicial en materia penal con los Estados miembros de la Unión Europea), EPA 1183 XXVIII, número de expediente 24-9/26-1, presentada por el Gobierno de Montenegro. El parlamento aprobó el texto el 16 de septiembre de 2026, el presidente firmó el decreto de promulgación el 18 de septiembre de 2026 y la mañana del 22 de septiembre de 2026 aún no había aparecido en el Službeni list.
Abrimos este expediente por la lectura equivocada a la que invita el titular. «Montenegro adopta la orden europea de detención» es exacto. «Una orden dictada por un Estado miembro ya surte efecto directo en Montenegro» no lo es. La diferencia la marca un solo artículo, situado al final del texto.
Lo que dice el texto
El artículo final separa dos fechas que suelen coincidir: «Ovaj zakon stupa na snagu osmog dana od dana objavljivanja u Službenom listu Crne Gore, a primjenjivaće se od dana pristupanja Crne Gore Evropskoj uniji.» La entrada en vigor llega ocho días después de la publicación. La aplicación empieza el día en que Montenegro ingrese en la Unión Europea. El texto no fija fecha para ese día, y nosotros tampoco.
El artículo anterior extrae la consecuencia. El día en que comienza la aplicación deja de surtir efecto la ley homónima publicada en el Službeni list CG con el número 85/18. La cooperación judicial con Estados miembros no es, pues, una página en blanco en el derecho montenegrino: una ley de 2018 la regula y seguirá regulándola hasta la adhesión. El nuevo texto la sustituye, no la modifica.
La ley tiene trece capítulos y 194 artículos. El artículo 1 enumera diez mecanismos de cooperación: la orden europea de detención, la orden europea de investigación, las resoluciones de embargo y decomiso, las resoluciones sobre sanciones pecuniarias, las sentencias privativas de libertad, las resoluciones de libertad vigilada y penas sustitutivas, las resoluciones sobre medidas de vigilancia, la orden europea de protección, los equipos conjuntos de investigación y la transmisión del procedimiento penal.
El capítulo de la orden de detención es el que el lector notará más de cerca.
| Materia | Regla | Artículo |
|---|---|---|
| Umbral de emisión | Para el enjuiciamiento, delito castigado con al menos un año y auto de prisión; para la ejecución, condena firme de al menos cuatro meses o resto de cuatro meses | čl. 16 |
| Doble tipificación | Se comprueba como regla; no se comprueba en los delitos listados castigados con tres años o más en el Estado de emisión | čl. 9 |
| Órgano competente | La ejecución corresponde a un viši sud; si no puede determinarse, el tribunal superior de Podgorica | čl. 18 |
| Denegación obligatoria | Amnistía, sentencia firme sobre los mismos hechos y edad inferior a catorce años al tiempo del hecho | čl. 20 |
| Nacionales y residentes | La entrega puede condicionarse al regreso de la persona a Montenegro para cumplir allí la condena | čl. 22 |
| Plazos | Sesenta días para resolver sobre la entrega sin consentimiento, treinta más con motivación y después se informa a Eurojust | čl. 35 |
| Recurso | Tres días para recurrir la resolución de entrega ante el tribunal de apelación, con efecto suspensivo | čl. 36 |
El artículo 22 merece lectura atenta. Coloca en la misma frase «crnogorski državljanin» y «lice koje ima stalni boravak prema domaćem zakonu». La posibilidad de cumplir la condena en Montenegro no queda reservada a los nacionales; el extranjero con residencia permanente conforme al derecho interno cabe en la misma disposición. El artículo 25 exige que la persona privada de libertad reciba, antes del primer interrogatorio y en lengua que comprenda, información escrita sobre sus derechos, entre los que figura designar un segundo abogado en el Estado de emisión.
Lo que el texto no dice
No define el día de la adhesión. No hay remisión a un calendario de negociación, al cierre de un capítulo ni a un año objetivo; el artículo dice solo «danom pristupanja». Una frase como «se aplicará desde 2028» no se deduce de este documento.
Tampoco se lee en él qué rige hoy. Intentamos leer el texto consolidado de la ley 85/18; la mañana del 22 de septiembre de 2026 sluzbenilist.me devolvía un error de servidor en todo el sitio, portada incluida, y dos conexiones distintas dieron el mismo resultado. Por eso no hicimos una comparación precepto por precepto entre la ley antigua y la nueva. Lo único que establecimos es qué número deroga el texto nuevo.
El texto aprobado se aparta del proyecto en un solo punto. El Gobierno presentó el 3 de septiembre de 2026 una enmienda que inserta al inicio del artículo 19, apartado 6, la fórmula «Počevši od dana iz stava 5 ovog člana,», ligando ese apartado al calendario de paso al sistema informático descentralizado del Reglamento (UE) 2023/2844. La comisión legislativa la consideró jurídicamente admisible el 16 de septiembre. Comparamos artículo por artículo la copia unida al decreto con el proyecto: número de capítulos, número de artículos y numeración coinciden, y la diferencia se limita a ese apartado.
Nuestra lectura
Para un ciudadano de la Unión que vive en Montenegro el cuadro de hoy es este. Si una orden dictada en su Estado de origen llega a Montenegro, no es esta ley la que responde. El expediente sigue la ley 85/18 y los convenios de extradición ratificados por Montenegro. La aprobación no ha cambiado el fundamento jurídico de ningún documento que llegue esta semana.
Lo que cambiará el día de la adhesión es la velocidad. Sesenta días para resolver, setenta y dos horas para impugnar un auto de prisión y tres días para recurrir la entrega son plazos mucho más estrechos que el procedimiento de extradición actual. Para el lector con residencia permanente conviene conocer de antemano la condición de regreso del artículo 22, porque está redactada como condición que se pide al tribunal y no como regla que opera por sí sola.
Queda además el plano de los ficheros. El artículo 19 atribuye a una descripción introducida en el Sistema de Información de Schengen el mismo efecto que a una orden de detención. Cuando Montenegro esté dentro de ese sistema, la detención no esperará a que llegue un documento aparte.
Lo que no cambia
Con base en esta ley hoy no cabe emitir ni ejecutar en Montenegro una orden europea de detención, porque el día de aplicación no ha llegado. Las reglas de residencia y permiso de trabajo, las obligaciones registrales de las sociedades, los tipos impositivos y el calendario de la legalizacija no quedan afectados por este texto. Los derechos de la persona detenida en el proceso penal están en otra ley y aquí no varían. La extradición a Estados ajenos a la Unión queda fuera de esta ley, escrita solo para Estados miembros.
Cómo verificarlo
El expediente está en el parlamento: zakoni.skupstina.me akt 4356. El campo Status dice «Usvojen» y la lista de documentos contiene tanto el acta de votación del 16 de septiembre, con 49 votos a cero en principio y 51 a cero en conjunto, como el decreto de promulgación del 18 de septiembre. El texto aprobado íntegro está dentro de ese segundo documento; el artículo sobre la entrada en vigor ocupa su final. La enmienda del Gobierno es una entrada distinta de la misma lista.
Una advertencia. La copia de gov.me que aparece primera al buscar el título de esta ley no es el texto aprobado sino un proyecto anterior. Esa copia tiene 186 artículos, su artículo 19 regula los motivos de denegación y su artículo final ata la entrada en vigor directamente al día de la adhesión. El texto aprobado tiene 194 artículos, su artículo 19 regula la comunicación entre autoridades y separa entrada en vigor y aplicación. Una prueba barata dice qué copia tiene delante: en su copia, ¿el artículo al que apunta la enmienda trata la materia de la que la enmienda habla?
La información escrita de derechos en detención la explicamos en nuestro artículo sobre la detención, y la reforma del código penal promulgada con el mismo decreto en nuestra nota de aprobación. Las reglas de decomiso están en nuestro artículo sobre bienes de origen delictivo. Anotaremos en esta página la fecha de entrada en vigor en cuanto salga el número; el resto del expediente se sigue desde la página Novedades legales.



