"¿Los colombianos necesitan visa para Montenegro?" es la pregunta con la que empieza casi toda consulta desde Bogotá, Medellín o Cali. La respuesta es no. Pero quien busca "emigrar a Montenegro desde Colombia" necesita saber algo más. Montenegro es la mitad del plan. La otra mitad está en Colombia: la DIAN puede seguir considerándole residente fiscal, la declaración de activos en el exterior puede alcanzar su nuevo apartamento, y el Banco de la República espera el registro de la empresa que constituya en Montenegro.
Esta guía reúne las dos mitades. Para el trámite montenegrino común a todos los latinoamericanos (dónde se presenta la solicitud, plazos, cómo se cuentan los cinco años), remitimos a la guía de residencia en Montenegro para latinoamericanos. Aquí va lo que cambia por ser colombiano.
Normas leídas, a 28 de septiembre de 2026. Montenegro: Reglamento de visados (hasta 108/26); Ley de Extranjería (Zakon o strancima, consolidada hasta 3/2026; la modificación 33/2026 no figura en ninguna consolidación pública); Ley del impuesto sobre la renta. Colombia: Estatuto Tributario, arts. 10 y 607; Decreto 1068 de 2015, título de inversiones internacionales, en la redacción del Decreto 119 de 2017. Información jurídica general, no asesoramiento para un caso concreto.
En resumen
| Pregunta | Respuesta | Norma |
|---|---|---|
| ¿Necesito visa? | No, hasta 90 días con pasaporte | Reglamento de visados (Montenegro), art. 1 |
| ¿Puedo tramitar la residencia sin salir? | Sí, si la solicitud completa se presenta antes del día 90 | Ley de Extranjería, art. 61 |
| ¿Sigo siendo residente fiscal en Colombia? | Puede que sí, por su familia, sus ingresos o sus bienes, aunque viva fuera | Estatuto Tributario, art. 10 |
| ¿Declaro el apartamento en Montenegro? | Sí, en la declaración de activos en el exterior, si sus activos fuera superan 2.000 UVT | Estatuto Tributario, art. 607 |
| ¿Registro mi empresa montenegrina en Colombia? | Sí, como inversión colombiana en el exterior | Decreto 1068 de 2015, arts. 2.17.2.4.1.1 y 2.17.2.5.1.1 |
| Pago de un inmueble de 10.000 € o más | Por banco montenegrino | Ley de prevención del blanqueo (Montenegro), art. 65a |
| Documentos colombianos | Apostilla (Convenio de La Haya, vigente para Colombia desde el 30.1.2001) | Convenio de La Haya de 1961 |
| Convenio de doble imposición | No existe | Lista del Ministerio de Hacienda de Montenegro |
Entrar y quedarse
El artículo 1 del Reglamento de visados de Montenegro incluye a Colombia entre los países cuyos ciudadanos entran sin visa y permanecen hasta 90 días con pasaporte, dentro del límite de 90 días en cualquier periodo de 180 (Ley de Extranjería, art. 34). Salir a Croacia o a Albania y volver no reinicia la cuenta.
Para quedarse más tiempo hace falta un permiso de residencia temporal. Se pide en Montenegro, en persona, ante el Ministerio del Interior del lugar donde vive (art. 61), o en línea (art. 61b). Si la solicitud completa se presenta antes de agotar los 90 días, puede quedarse hasta que haya resolución firme (art. 61, apartado 5). El plazo legal es de 40 días para el permiso de residencia y de 15 para el de residencia y trabajo (arts. 62 y 80).
El documento que más retrasa a los colombianos es el certificado de antecedentes (art. 43, punto 7). Pídalo antes de viajar, apostíllelo en Colombia y tradúzcalo en Montenegro.
Qué permiso le corresponde
| Si usted… | Permiso | Condición clave | Norma |
|---|---|---|---|
| trabaja en remoto para empresas o clientes fuera de Montenegro | Nómada digital | Dos años, prorrogables otros dos | Ley de Extranjería, arts. 38.12a y 60a |
| es desarrollador o perfil técnico contratado en Montenegro | Empleo en el sector TI | Contrato de 12 meses o más; hasta 3 años, prorrogable 3; fuera de cuota | Arts. 70a y 78 |
| tiene una oferta de empleo | Residencia y trabajo | Oferta escrita, certificado médico, título; cuota anual | Arts. 69, 70 y 76 |
| monta su propio negocio | Director de su d.o.o. | Más del 51 % del capital; renovación con 5.000 € anuales pagados en impuestos y cotizaciones | Arts. 69 y 70 |
| compra vivienda | Residencia por propiedad | Al menos 1/2 del inmueble; base del impuesto desde 150.000 € | Art. 56 |
| tiene también nacionalidad española | Las mismas vías, con exenciones | Sin umbral de 150.000 € ni mínimo de 5.000 € | Arts. 56.5 y 70.8 |
Dos advertencias que la ley pone por escrito:
- El empleador responde por usted. El permiso se deniega o se extingue si el empleador fue sancionado más de dos veces por trabajo no declarado, está en quiebra, no tiene actividad o no paga cotizaciones (arts. 69, apartado 6, y 83). Revise al empleador antes de renunciar a su trabajo en Colombia.
- Treinta días fuera. El permiso temporal se extingue si pasa más de 30 días fuera de Montenegro durante su vigencia (art. 65). Unas vacaciones largas en Colombia pueden romper la cadena de cinco años que lleva a la residencia permanente (art. 86).
Muchos colombianos obtienen la nacionalidad española tras vivir en España. Si es su caso, solicite en Montenegro con el pasaporte español. Pero el capítulo de la ley montenegrina para ciudadanos de la UE (arts. 150–203) todavía no se aplica (art. 221). Seguirá el procedimiento general, con las exenciones de la tabla.
Residencia fiscal: lo que dice el Estatuto Tributario
Aquí está la diferencia colombiana. El artículo 10 del Estatuto Tributario no se limita a contar días. Es residente fiscal quien permanece en Colombia más de 183 días en cualquier periodo de 365 días consecutivos (numeral 1). Pero un nacional colombiano también lo es, aunque viva fuera, si durante el año se cumple cualquiera de estas condiciones (numeral 3):
- su cónyuge o compañero permanente no separado, o sus hijos menores dependientes, tienen residencia fiscal en Colombia;
- el 50 % o más de sus ingresos son de fuente colombiana;
- el 50 % o más de sus bienes se administran en Colombia;
- el 50 % o más de sus activos se entienden poseídos en Colombia;
- la DIAN le pide acreditar su residencia en el exterior y no la acredita;
- tiene residencia fiscal en una jurisdicción que el Gobierno califica como paraíso fiscal.
Hay una salida. No es residente el nacional que cumple alguno de esos literales si el 50 % o más de sus ingresos anuales tienen su fuente en la jurisdicción de su domicilio, o el 50 % o más de sus activos están allí (segundo parágrafo). La residencia en el exterior se acredita ante la DIAN con un certificado de residencia fiscal del otro país (primer parágrafo).
Cómo encaja con Montenegro
- Montenegro le considera residente fiscal si tiene allí su domicilio o su centro de intereses, o si permanece más de 183 días en el año (Ley del impuesto sobre la renta, art. 3). Montenegro prevé la expedición de un certificado de residencia fiscal (art. 45, apartado 2). Es el documento que la DIAN pide en el parágrafo del artículo 10.
- No hay convenio de doble imposición entre Colombia y Montenegro. Si los dos países le consideran residente, no hay regla de desempate. Montenegro concede un crédito por el impuesto pagado fuera, con límite (art. 44).
- Las pensiones no se consideran renta en Montenegro (art. 5, punto 9). Cómo grava Colombia su pensión lo decide la ley colombiana.
Si su familia se queda en Colombia mientras usted abre camino en Montenegro, el literal a) del numeral 3 le mantiene como residente colombiano. Ese caso es frecuente y conviene planificarlo con su contador antes de viajar.
Declaración de activos en el exterior
El artículo 607 del Estatuto Tributario obliga a los contribuyentes que tributan por su renta y patrimonio dentro y fuera del país a presentar la declaración anual de activos en el exterior, si poseen activos fuera de cualquier naturaleza. La obligación rige cuando el valor patrimonial de esos activos a 1 de enero supera 2.000 UVT (parágrafo). Los que superan 3.580 UVT se detallan uno por uno. Los demás se declaran agregados por jurisdicción.
Mientras sea residente fiscal colombiano, un apartamento en Budva, una cuenta en un banco montenegrino y las cuotas de su d.o.o. entran en esa declaración.
Su empresa en Montenegro, registrada en el Banco de la República
La d.o.o. montenegrina es la base del permiso de director. Del lado colombiano, el Decreto 1068 de 2015, en la redacción del Decreto 119 de 2017, define como inversión colombiana en el exterior las acciones, cuotas, derechos u otras participaciones en el capital de sociedades o cualquier tipo de empresa ubicadas fuera de Colombia, adquiridas por un residente (art. 2.17.2.4.1.1). No necesita autorización (art. 2.17.2.4.1.3). Pero el residente debe registrarla en el Banco de la República, junto con sus cambios y su cancelación, según el procedimiento que fija el Banco (art. 2.17.2.5.1.1). La información del registro se declara bajo juramento (art. 2.17.2.5.1.3) y los soportes se conservan (art. 2.17.2.5.1.4).
Esa definición se refiere a participaciones en empresas. La compra directa de un apartamento a su nombre no aparece en ella, pero sí entra en la declaración de activos en el exterior.
Del lado montenegrino: tras la inscripción, la empresa declara a su titular real. Para renovar el permiso de director debe acreditar 5.000 € anuales pagados en impuestos y cotizaciones (Ley de Extranjería, art. 70). El permiso se extingue si se demuestra que la empresa se creó sobre todo para facilitar la entrada del extranjero (art. 83). Colombia no figura en la lista montenegrina de territorios con retención del 30 %. Más detalle en nuestro servicio de constitución de empresas.
Comprar vivienda
Un colombiano compra apartamento, casa, local y terreno urbanizable en Montenegro como un montenegrino (Ley de relaciones de propiedad, art. 412). No puede comprar terreno agrícola, bosque, inmuebles en islas ni en la franja fronteriza terrestre de un kilómetro (art. 415).
- Escritura. La compraventa se firma en escritura notarial, sin la cual no produce efecto (Ley del Notariado, art. 52). Si no entiende el idioma, el intérprete judicial es obligatorio (art. 47).
- Arras. El dinero entregado al firmar es arras (Ley de Obligaciones, art. 75). No da derecho a desistir perdiéndolo, salvo pacto expreso (art. 79).
- Pago. Desde 10.000 €, el pago, arras incluidas, pasa por una cuenta en un banco de Montenegro. El efectivo está prohibido (Ley de prevención del blanqueo, art. 65a). El banco le pedirá el origen de los fondos. Tenga a mano extractos, declaraciones de renta y escrituras de lo que vendió en Colombia.
- Impuesto. Lo paga el comprador: 3 % hasta 150.000 €, 5 % sobre el tramo hasta 500.000 € y 6 % por encima (Ley del impuesto sobre transmisiones, art. 11).
Antes de firmar, lea qué pierde quien compra sin agencia. Si compra sobre planos, lea qué hacer si el promotor se atrasa. Si quiere construir, la guía para construir en Montenegro recorre el camino del lote a la licencia de uso.
Documentos colombianos
Colombia aplica el Convenio de La Haya desde el 30 de enero de 2001. Registro civil de nacimiento, registro de matrimonio, antecedentes judiciales, diplomas y poderes notariales colombianos valen en Montenegro con apostilla, sin legalización consular. El orden es fijo: apostilla en Colombia, traducción en Montenegro por intérprete judicial. Para comprar o vender por medio de apoderado, el poder debe ser especial e identificar el inmueble (Ley de Obligaciones, art. 87).
Montenegro no tiene convenio de seguridad social con Colombia: Colombia no figura en la lista del Fondo de pensiones montenegrino. Si trabaja como empleado en Montenegro, cotizará allí sin que esos periodos se sumen automáticamente a los colombianos.
Cómo trabajamos con clientes colombianos
Elegimos el permiso y preparamos la lista de documentos que debe apostillar en Colombia antes de comprar el tiquete. Presentamos el expediente dentro de los 90 días. Constituimos la d.o.o. y le entregamos la documentación que su asesor en Colombia necesita para el registro en el Banco de la República y la declaración de activos. En la compra, revisamos el inmueble, calculamos el impuesto y ordenamos el pago. Escríbanos con su situación: contacto.




